¿Cómo reducir impuesto para sociedades?

Reducir impuesto sociedades Madrid Sur

¿Tienes una empresa en Griñón? ¿La sede de tu negocio está en Humanes, Moraleja de Enmedio o Fuenlabrada? Si estás interesado en reducir los impuestos que tributas por tu empresa, cuenta con una asesoría fiscal especializada en Pymes como Gestinmar Abogados.

Somos una Asesoría referente en el sector, que en los últimos años ha ayudado a ahorrar a numerosas empresas en Madrid Sur. Conocemos la normativa vigente y las distintas subvenciones o cláusulas del Impuesto de Sociedades que pueden hacer que paguéis menos.

Impuesto de Sociedades en Madrid Sur

El Impuesto de Sociedades es un tributo directo que grava la renta de las sociedades y entidades jurídicas en España. Tiene en cuenta el ejercicio fiscal y las obliga a pagar un porcentaje determinado de los beneficios declarados por la empresa en el último año.

La presentación de esta declaración es obligatoria para cada periodo impositivo, con independencia de que la empresa haya declarado rentas o no.

El impuesto de sociedades debe ser abonado por todas las empresas cuya sede se encuentre en el territorio español. Tienen que cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:

  • Empresa constituida conforme a leyes españolas
  • Domicilio social en territorio español
  • Sede de dirección y control de actividades en territorio español.

Se librarán aquellas empresas sin personalidad jurídica, objeto mercantil o sociedades civiles que no tengan fines mercantiles.

Franjas o tipos en el impuesto de sociedades

Cuenta con una asesoría fiscal que te ayude a la hora de calcular tu cuota y lo que debes tributar por el IS. Te ayudaremos a calcular tu base imponible. Para ello, deberás tener en cuenta los ingresos generados por las ventas y restar los gastos para obtener el balance.

Ten en cuenta que deberás reflejar subvenciones, ayudas, ingresos financieros y las variaciones que existan en el almacén. En base a eso, tenemos las siguientes

  • El 25% se aplica de forma general para las sociedades anónimas y las sociedades limitadas.
  • El 23% para las microempresas, pymes y entidades de reducida dimensión cuya cifra de negocios en el año anterior haya sido menor a 1 millón de euros.
  • El 15% para las sociedades de nueva creación, siempre que no puedan acogerse a un gravamen inferior.
  • El 20% para las cooperativas fiscalmente protegidas
  • El 10% para las entidades sin fines lucrativos que cumplen la Ley 49/2002
  • El 1% para las sociedades, fondos de inversión y fondos de activos bancarios

Amortizaciones

Deducciones

Reserva de nivelación

Reserva de capitalización

Contratos de arrendamiento financiero

Base imponible negativa